domingo 8, noviembre 2020

Información al 26 de octubre 2020

A nuestra Comunidad de Ciencias Económicas:

El Decreto Nro. 814/2020, publicado por el Boletín Oficial de la República Argentina,  prorroga hasta el día 30 de agosto del corriente año, inclusive, toda la normativa complementaria dictada respecto del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, desde la entrada en vigencia del Decreto N° 297/20.

En el ámbito de la Universidad de Buenos Aires y de esta Casa de Estudios, se han dictado la Resolución Rector “ad-referéndum” del Consejo Superior Nro. 475/2020, ratificada por Resolución (C.S.) Nro. 216/2020, y la Resolución del Suscripto “ad-referéndum” del Consejo Directivo Nro. 276/20, ratificada en la sesión remota del Consejo Directivo, de fecha 7 de julio de 2020.

Con motivo de lo expresado en las normas mencionadas, se extiende la suspensión de las actividades presenciales de grado y posgrado, mencionadas por las Resoluciones Decano “ad-referéndum” del Consejo Directivo Nros. 234/20, 235/20 y 257/20, ratificadas en la sesión remota del Consejo Directivo, de fecha 7 de julio de 2020, incluyendo todas aquellas que se lleven a cabo en el Doctorado, como también la suspensión de los sorteos de temas, pruebas de oposición y aquellas que se derivan del procedimiento aplicable para los concursos Docentes y Nodocentes, mientras subsista el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y la prohibición de circular para asistir a clases presenciales.

Por su parte, en virtud de la Resolución Rector “ad-referéndum” del Consejo Superior y de la Resolución del Suscripto “ad-referéndum” del Consejo Directivo, ambas del día de la fecha, se ha dispuesto lo siguiente:

Prorrogar hasta el día 30 de agosto de 2020, inclusive:

  • Que el Personal Nodocente deberá estar a disposición de los Sres. Secretarios, Directores Generales y Directores de área o sector, a efectos de atender la realización de las prestaciones mínimas que puedan ser realizadas desde su hogar, y cumplimentar la capacitación obligatoria prevista por la antedicha resolución del Sr. Rector.
  • La eximición a todo el Personal Docente de esta Casa de Estudios, de la firma del Libro de Asistencia, verificando la prestación de sus servicios, para el desarrollo de los respectivos cursos, por medio de la utilización de la plataforma habilitada por esta unidad académica.
  • El establecimiento del estado de emergencia, para la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la emergencia.
  • La suspensión de todos los plazos administrativos en el ámbito de esta Casa de Estudios, con excepción de aquellos trámites o procedimientos en el marco de la emergencia.

Asimismo, se incluye, en el ámbito de la Universidad de Buenos Aires, como servicio crítico, esencial e indispensable, la tramitación de solicitudes y expedición de diplomas de tecnicaturas, carreras de grado y de posgrado y certificados de reválida.

Se ratifica el nuevo procedimiento, respecto a los trámites relacionados con la excepción al cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, a efectos de la realización de las actividades y servicios estrictamente esenciales, para las Autoridades Superiores, Funcionarios y el Personal Nodocente, previstos por la Resolución Rector antes mencionada.

                                                                                                                 C.A.B.A., 26 de octubre de 2020.-

                                                                                 Profesor Emérito Dr. Ricardo J. M. Pahlen

                                                                                                              Decano

Resolución Decano